Perros de asistencia: Derecho Animal Argentina
Alma, columnista sobre Derecho Animal 🙂
Otra vez nos sorprendimos con una noticia por la negativa de ingreso con su perro de asistencia a un niño en la Ciudad de Mar del Plata días atrás.
Padeciendo el Síndrome de Asperger, impidieron la entrada de Zeus, el canino que asiste en todo momento a Benjamín, el pequeño que fue discriminado en el local de comidas de esta ciudad balnearia.
Entonces, nos propusimos contarte todo acerca de esta ley que garantiza la igualdad de derechos para las personas con algún tipo de discapacidad.
Indice
Ley de perros de asistencia.
En Argentina, en el año 2013 se sancionó la norma que asegura el derecho de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia:
- al ingreso,
- de-ambulación y
- permanencia en lugares públicos y privados.
- Esta normativa también alcanza a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades.
¿Qué significa esto?
Si sos discapacitado/a y tenés un perro de asistencia, TENES DERECHO A INTEGRARTE EN CUALQUIER ESPACIO PUBLICO O PRIVADO como ser:
- Establecimientos gastronómicos, locales comerciales, oficinas del sector público y privado, lugares de ocio y tiempo libre, centros deportivos y culturales, establecimientos de enseñanza pública o privada, establecimientos religiosos, centros sanitarios y asistenciales.
- Todo transporte público o privado de pasajeros, en sus diversas modalidades, y las áreas reservadas a uso público en las correspondientes terminales o estaciones que utilicen los diferentes medios de transportes mencionados.
- Establecimientos hoteleros, albergues, campamentos, bungalows, apartamentos, balnearios, campings y establecimientos en general destinados a proporcionar, mediante precio, habitación o residencia a las personas, así como cualquier otro lugar abierto al público en que se presten servicios directamente relacionados con el turismo.
- En general, cualquier otro lugar, local o establecimiento público y privado de acceso público.
«El perro guía o de asistencia debe tener los mismos cuidados higiénicos que una mascota tradicional!!!
Esto no puede conllevar ningún costo para el USUARIO, es decir es GRATUITO.
Quien posea un perro guía o de asistencia tendrá consigo una credencial y un distintivo. A su vez el canino también debe estar identificado.»
En la Ciudad de Buenos Aires, la ley 429 establece que:
En los accesos de los espacios públicos o de acceso público y en los transportes públicos de pasajeros se deberá exhibir, en forma visible, la siguiente leyenda:
«Está permitido el acceso y/o traslado de las personas con necesidades especiales acompañados de animales de asistencia. Ley Nº 429».
Se debe aclarar que si bien existe la normativa al respecto, no se reglamentó de forma completa, primordialmente el procedimiento de asignación de perros de asistencia a aquellas personas que lo soliciten.
En la Provincia de Buenos Aires lo establece la ley 14964, de igual forma que en CABA, el procedimiento no es claro.
Cabe destacar, por último, que los derechos de las personas con discapacidades están establecidos en nuestra Constitución Nacional a través de Pactos que nuestro país adhirió.
Quien de algún modo impida, obstruya o restrinja el goce de los derechos establecidos en la presente ley será penado de conformidad con lo previsto en la ley 23592 y sus modificatorias.
Agradecemos la colaboración de nuestra columnista de Derecho Animal: Alma, y a su humana Giselle San German por la dedicación e investigación sobre este tema tan sonado últimamente y del cual es importante informarse.
Si querés saber más de Alma la podés seguir en su cuenta de Instagram @alma_sg_doggy
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Escribinos a info@miperroyyo.com.ar ó por privado en nuestra cuenta de Instagram @miperroyyo2018
Contanos de qué tema te gustaría hablar y así todos aprendemos un poquito más a ser más responsables con nuestros perros!!!
Nancy
Hola,quisiera algún número telefónico para poder contactarlos,una amiga ofrece una cachorra mestiza,cariñosa,obediente y muy sociable,por un tema de alquiler,no la puede seguir teniendo( la encontró moribunda hace un mes) por favor ayuda.Gracias
admin
Hola Nancy,
Por favor, que tu amiga nos envíe por privado a info@miperroyyo.com.ar sus datos de contacto (Nombre y Apellido, nro. de teléfono) para poder hacer la difusión entre nuestra red de contactos para ver si así le podemos dar una mano.
No somos un Refugio, pero siempre que podemos compartimos este tipo de noticias para que los perritos puedan tener mayores oportunidades de adopción.
Gracias por preocuparte y escribirnos.
Leonardo daniel Peralta
Hola queria saber algun número de teléfono porque soy discapacitado no vidente y queria saber si se puede comprar o donar un perro.
Verónica Fernández Russo
Hola Leonardo, gracias por tu mensaje. En Bocalan Argentina trabajan en la formación de perros de asistencia. Te dejo el enlace a su web para que puedas asesorarte de manera segura: https://bocalanargentina.org/
Mucha suerte!!
LAURA ÁLVAREZ
Hola …. me podrían informar si hay algún lugar donde me puedan asesorar ,para saber como acceder a un perro de servicio ya que lamentablemente mi suegra perdió su visión , un ojo ya esta sin visión y el otro en la última operación no 😔 quedo nada bien … Ella ama los perros y este va a lograr que vuelva a tener su independencia y que no caiga en depresión ya que es muy joven tiene 65 años de edad … Gracias desde ya …
Verónica Fernández Russo
Hola Laura, gracias por tu mensaje. Para poder ayudarte me gustaría saber en qué ciudad/Barrio vive tu suegra. Por favor, enviame un privado a info@miperroyyo.com.ar a los efectos de guiarte a dónde puedes recurrir para adoptar un perro de servicio o asistencia.